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Liquidez para proveedores del Estado
Las órdenes de pago que reciben los proveedores del estado, deberán ser inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores, para que aquellos proveedores que necesiten hacerlas efectivas anticipadamente puedan negociarlas a través de las bolsas de valores. Los rendimientos generados por la compra de órdenes de pago a través de las bolsas de valores, estarán exonerados del impuesto a la renta con el objetivo de incentivar la liquidez disponible para estos instrumentos. El IESS, el SRI y la SENAE establecerán los mecanismos para que las órdenes de pago, puedan servir como mecanismo de pago para las obligaciones con esas instituciones.